TCP ordena que la ALP acate la prórroga de magistrados antes de tratar las elecciones judiciales

Los magistrados del TCP, a la cabeza de su presidente Paúl Franco. Foto: Archivo/La Razón

El Constitucional nuevamente deja en suspenso tratamiento de la norma de las judiciales.

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió este miércoles el auto constitucional 034/2024 -CA/S en el que instruye a la Asamblea Legislativa considere la adecuación del proyecto 144, antes del tratamiento de otra ley para las judiciales.

De acuerdo con el documento, la solicitud fue formulada por el presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Marco Jaimes, dentro de la consulta de control previo sobre la constitucionalidad del proyecto de ley 144/2022-2023 “proyecto de Ley Transitoria para las Elecciones Judiciales 2023-2024” del 31 de agosto de 2023, a objeto que se disponga la aplicación de medidas cautelares.

“El accionante refirió que conforme al artículo 115 de la CPE (Constitución Política del Estado), lo dispuesto en la DCPC 0049/2023 de 11 de diciembre, es de cumplimiento obligatorio para el Órgano Legislativo, sin embargo, este Órgano pretende volver a considerar el proyecto de ley sin adecuar ni eliminar las disposiciones normativas observadas, así como analizar otros proyectos de ley vinculados al mismo, lo cual produciría una daño irreparable al ordenamiento jurídico con graves violaciones a los derechos fundamentales y/o garantías constitucionales, siendo que varios de sus artículos fueron declarados inconstitucionales por la institución encargada de realizar el control de constitucionalidad, generando así un evidente incumplimiento a la referida DCP 049/2023 que no puede ser tolerado por un Estado Constitucional de Derecho”, señala el auto constitucional del TCP. 

El TCP emitió el 11 de diciembre la Declaración Constitucional Plurinacional 049/2023 dispuso “la prórroga de mandato de las autoridades del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional en actual ejercicio, de manera excepcional y temporal, hasta que se elijan y posesionen a las nuevas autoridades”.

La declaración constitucional 049/2023 además dispuso de la inconstitucionalidad por conexitud de «los artículos 14, 29.II, 30.I y la Disposición Adicional Séptima en su segundo párrafo, inc. a) todos del Proyecto “Proyecto de Ley Transitoria para las elecciones Judiciales 2023-2024”C, referidos  a los plazos previsto en ellos, y la inconstitucionalidad de los parágrafos I y III de la Disposición Adicional Sexta, por ser contrarios a los arts. 9.4, 12, 115 y 178 de la Constitución Política del Estado».

Además, el accionante, solicitó que “como medida cautelar se ordene a la Asamblea Legislativa Plurinacional que, en cualquiera de sus cámaras, se abstenga de aprobar o tratar otros proyectos de ley sin previamente cumplir con los dispuesto por la DCP 049/2023, debiendo velar porque el Proyecto de Ley Transitoria para las Elecciones Judiciales 2023-2024 garantice el respeto de derechos fundamentales y garantías constitucionales, aspecto que vulneraría el orden constitucional y legal en nuestro Estado, así como los derechos y garantías de los ciudadanos que pretender formar  los altos Tribunales de Justicia, contrariando a los arts 15, 115, y 203 de la norma suprema, adames de incurrir en posibles conductas antijurídicas como la establecida en el art 179 del Código Penal”.

Fuente: La Razón

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