Pronunciamiento de Camacho presentado al TDJ señala que su suplencia no se puede cumplir porque contradice ley departamental

Mario Aguilera junto a Luis Fernando Camacho. Foto: ED/Archivo

El abogado Martín Camacho indicó que lo redactado en el documento que se presentó fue analizado con el gobernador el miércoles, en el interior del penal de Chonchocoro.

El abogado Martín Camacho presentó este viernes el pronunciamiento del gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho Vaca, sobre la sentencia 1021/2023 del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que dispone su suplencia, ante la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia (TDJ).

El 16 de enero, la Sala Constitucional Tercera dio tres días de plazo al presidente de la Asamblea Legislativa Departamental (ALD), Zvonko Matkovic, para informar sobre el cumplimiento de la sentencia 1021/2023 que dispone que el actual vicegobernador de Santa Cruz, Mario Joaquín Aguilera Cirbián, asuma de inmediato como gobernador en suplencia legal Camacho, que se encuentra detenido de manera preventiva en la cárcel paceña de Chonchocoro.

En esa misma resolución, se dio también tres días al gobernador cruceño para que presente su pronunciamiento respecto al fallo que señala que debe ser suspendido de su cargo de manera temporal y esta jornada, cumpliendo el plazo se presentó su respuesta.

“Se acaba de presentar ante la Sala Constitucional Tercera del TDJ de Santa Cruz el pronunciamiento que hace el gobernador Luis Fernando Camacho como tercer interesado en la acción de cumplimiento que se hubiera presentado el 23 de febrero del año 2023, a efecto de que pueda tener acceso en todo caso a todas las partes en la sala constitucional para un mejor entendimiento y para cumplir precisamente con esta solicitud de pronunciamiento. Además, hoy también el presidente de la ALD (Zvonko Matkovic) ha entregado su informe indicando que el procedimiento sobre el cumplimiento de la sentencia ha iniciado”, informó Martín Camacho.

Camacho indicó que lo redactado en el documento que se presentó fue analizado con el gobernador el miércoles, en el interior del penal de Chonchocoro. Sobre su contenido detalló que se explica que la sentencia del TCP no se puede cumplir, porque contradice a la Ley Departamental 293 que está vigente desde marzo de 2023.

La ley 293, en su Artículo 6, detalla las causales de ausencia temporal del gobernador de Santa Cruz e indica que solamente esto se producirá cuando la ausencia sea: 1. Voluntaria: viaje oficial al extranjero, razones personales, declaratoria en comisión, abandono injustificado de sus funciones por más de seis (06) días de trabajo continuo y otras circunstancias invocadas expresamente por la gobernadora o gobernador. Y 2. Forzosa: enfermedad o afectación física grave, certificado médicamente.

Por esta razón, el abogado indicó que la detención preventiva que cumple en la cárcel de Chonchocoro el gobernador no está contemplada como ausencia temporal o definitiva en la ley departamental, por lo que señala que continuará ejerciendo su mandato con normalidad.

Además, señaló que en el pronunciamiento también se menciona que la sentencia 1021/2023 fue determinada por magistrados del TCP que están siendo investigados por la Fiscalía por el delito de usurpación de funciones porque emitieron resoluciones después de haber cumplido sus mandatos.

Fuente: El Deber

Comentarios