Hay 184 áreas protegidas en las regiones y temen que se afecten los acuíferos

Profesionales y entendidos advierten que el fallo constitucional, que resta competencias departamentales sobre las Unidades de Conservación del Patrimonio Natural, sienta jurisprudencia que puede afectar a otras reservas.

La sentencia constitucional 0076/2023, que declara la nulidad de varios artículos de la Ley Departamental Nº 98, afecta no solo a las áreas de conservación de Santa Cruz, sino que también sienta jurisprudencia para otras regiones.

Así lo advierten ambientalistas y entendidos que coinciden en que el fallo constitucional deja en el ‘limbo’ a las Unidades de Conservación del Patrimonio Natural (UCPN) de Santa Cruz y bajo una mayor presión de los avasalladores y de la frontera agrícola, lo que pone en riesgo a los bosques y, como consecuencia, a los acuíferos.

Un informe de la Fundación Amigos de la Naturaleza (FAN) muestra que en el país hay 184 áreas protegidas departamentales y municipales. En el caso de Santa Cruz son 45, de las cuales 11 son UCPN, que son las que están afectadas, según denunció la Gobernación cruceña.

La ingeniera ambiental Sandra Quiroga señala que, si las instituciones y la sociedad civil no se unen en defensa de estos pulmones verdes y las autoridades no activan un mecanismo legal para dejar sin efecto el fallo, será un precedente para ingresar a áreas protegidas en otros departamentos, que también están bajo amenaza. “Si hay afectación al departamento de Santa Cruz será muy fácil entrar a otros departamentos, no nos olvidemos que, por ejemplo, en Tarija y Chuquisaca hay algunas áreas protegidas departamentales que tienen mucho que ver con la actividad hidrocarburífera”, indicó.

En esto coincide Daniela Justiniano, de Alas Chiquitanas, que observa que el fallo vulnera la autonomía departamental y sienta jurisprudencia para los otros departamentos, más aún cuando se sabe que existe un manejo político de la justicia. Insiste en que el Gobierno Departamental debe activar la defensa de sus competencias porque se puede amparar en las normativas específicas con las cuales fueron creadas las UCPN.
Necesarias para la vida

Quiroga calificó como “gravísimo” el hecho de que se quite competencia a la Gobernación sobre las UCPN, porque muchas de ellas son áreas estratégicas para la producción de agua. Su vulneración afectará no solo el abastecimiento para el consumo, sino también a la agricultura y ganadería. “Sin bosque no tenemos agua y sin agua no tenemos seguridad alimentaria”, señaló.

Por su lado, Justiniano hace notar que están quedando desprotegidas más de 3 millones de hectáreas de áreas que dan servicios ambientales a la población, porque proveen de agua, regulan el clima y ayudan a hacer frente al cambio climático, indicó.

Marlene Quintanilla, directora de Investigación de FAN, señala que el fallo constitucional se refiere específicamente a la nulidad de algunos artículos de la ley Nº 98. “No anula en su totalidad la ley, pero los artículos afectados tienen que ver mucho con el cambio de uso de suelo, de obras y proyectos que se puedan desarrollar en ellas. No anula las UCPN, pero las hace mucho más vulnerables”, remarca.

Quintanilla señala que las unidades de conservación, al igual que las áreas protegidas nacionales y municipales, “son escudos contra la deforestación y otras presiones, pero con esta sentencia van a quedar más vulnerables estas 11 UCPN de Santa Cruz”.

Recuerda que la nueva Constitución Política del Estado quitó la tuición de la gestión de áreas protegidas a los gobiernos departamentales, pero Santa Cruz generó la ley Nº 98 para amparar unidades de conservación. Las organizaciones ciudadanas se declararon en emergencia y recuerdan que en la UCPN Güendá-Urubó se encuentra el principal reservorio de agua de la Región Metropolitana.

Fuente: El Deber

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