COEM establece cuarentena rígida para el 23 y 30 de mayo y reduce el horario de circulación hasta las 20:00 entre semana

El decreto se extiende durante dos semanas. Los domingos 23 y 30 de mayo la ciudad permanecerá confinada. Se endurecen las medidas en mercados, transporte y actividades públicas.

Las medidas asumidas por el Comité de Operaciones de Emergencias Municipales (COEM) endurecen las restricciones y limitan el horario de circulación hasta las 20:00 horas. La resolución también dispone la cuarentena rígida para los domingos 23 y 30 de mayo. En estos dos días no funcionarán ni mercados, ni trasporte ni actividad alguna.

El decreto municipal suscrito por el alcalde Jhonny Fernández califica las medidas como “cuarentena rígida con restricciones de trasporte” y tiene una vigencia de 15 días.

En el transporte se recuerda la normativa que permite solo el traslado de pasajeros sentados y la prohibición de llevar pasajeros parados. En los minibuses y taxis, la capacidad autorizada se limita al 70% de sus asientos disponibles.

Tal y como se dispuso en cuarentenas anteriores, se insiste en el uso de las mamparas y el acceso a alcohol en gel para higienizar las manos de los pasajeros. También se contempla la colaboración de sindicatos y asociaciones de trasporte con la supervisión y cumplimiento de las normas de bioseguridad.

Además de las restricciones en los horarios de circulación, regula el funcionamiento de los mercados y supermercados. Éstos, podrán funcionar hasta las 19:00 horas y garantizar las normas de bioseguridad como el distanciamiento físico y el uso del barbijo, de acuerdo se dispone en los protocolos de funcionamiento calidades por el COEM.

En el caso de los supermercados, también resalta que deberán controlar su aforo para mantenerlo hasta un máximo del 30%.

La reglamentación propuesta por el municipio toma en cuenta algunas excepciones, sobre todo en el tema de circulación. Si bien se prohíbe  el tránsito después de las 20:00 horas, algunos servicios podrán trasladarse más allá del horario permitido.

Servicios de emergencias, vehículos de la Gobernación y del Municipio, Policía y periodistas (con su identificación correspondiente) podrán circular más allá de las 20:00 horas. Se dispondrá un sistema de acreditaciones o códigos QR para aquellos vehículos que presten servicios esenciales, como pueden los encargados de abastecer mercados.

Las restricciones también afectan a la banca, con la atención limitada al 30% del aforo permitido, y a los cultos religiosos. En este último caso, se prohiben los cultos de los domingos, aunque se tolera el resto de la semana, hasta las 20:00 horas como máximo.

Para los eventos deportivos, el aforo se reduce al 15% de la capacidad de cada recinto. Además, deberán contar con un protocolo supervisado y aprobado por el COEM antes de permitir el ingreso de público.

Actividades económicas permitidas

De acuerdo al decreto, las actividades industriales, manufactureras y agropecuarias podrán ejecutarse dentro de los horarios permitidos. Podrán ajustar los horarios de acuerdo a la actividad de cada sector.

Restaurantes y cines se regirán por el horario dispuesto. La capacidad de atención se limitará al 30% del aforo. Además, deberán enfatizar en el uso de barbijo en todo momento, salvo cuando se encuentren en las mesas.

Una particularidad respecto a otros decretos similares es que limita el número de comensales por mesa a un máximo de 8.

La actividad de los delívery se realizará dentro de los márgenes de circulación permitidos. El domingo, como en toda actividad, no se permitirá su desplazamiento.

Escuelas de fútbol, gimnasios, parques de recreación y talleres de capacitación también deberán acatar esta normativa y contar con un protocolo de funcionamiento aprobado por el COEM. En todos estos casos, el aforo permitido es del 30% de la capacidad del local.

Ley seca

Las medidas más drásticas involucran a los centros de diversión. “Se prohíbe los eventos de carácter masivo que generen aglomeración de personas como eventos masivos públicos y privados”, se lee en el decreto.

También contempla sanciones para quienes consuman bebidas alcohólicas en restaurantes, espacios públicos de dominio municipal, viviendas particulares y condominios. 

Fuente: El Deber

Comentarios