Equilibrada, así ven medida del periodo de gracia

El Gobierno informó ayer martes que los prestatarios que decidan reprogramar o refinanciar los créditos recibidos de las entidades financieras se beneficiarán con al menos cuatro meses de periodo de gracia para poder retomar sus actividades económicas. Pero ¿De qué se trata esta medida? o ¿Cuál es la diferencia con el diferimiento?

Explicación. El economista Juan Pablo Suárez, del Colegio de Economistas de Santa Cruz, explica de forma sencilla esta medida: “En el diferimiento de créditos no se paga ni capital ni interés en el tiempo acordado. En el periodo de gracia no se paga capital, pero sí el interés”, sostuvo.

Suárez indicó que este tipo de medidas se da en los créditos productivos, agropecuarios, etc.

Según Suárez, esto requiere de un trámite donde el cliente va a al banco donde tiene su crédito y solicita acogerse a este beneficio.

Por otro lado, la viceministra de Pensiones y Servicios Financieros, Ivette Espinoza, indicó que “como mínimo se está poniendo una base de cuatro meses y en función a la evaluación que se haga y a las características de cada uno de los deudores, haciendo un análisis caso por caso, podrán acordar con la entidad financiera un plazo mayor”.

Calificación de riesgo. Juan Pablo Suárez pidió a la instancia gubernamental que aclare si el cliente que se acoge a esta medida, puede entrar o no a la Calificación de Riesgo, porque este punto todavía no ha sido aclarado para la ciudadanía en general.  

El Dia

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