Transportistas interprovinciales acuerdan volver el 13 de julio

La gobernación de Santa Cruz confirmó que tras una reunión con representantes del transporte interprovincial e intermunicipal, se acordó que este 13 de julio  iniciarán actividades aunque con el 60 % de su capacidad siguiendo un plan consensuado con todos los ‘actores’ y avalado por el Servicio Departamental de Salud (Sedes).

Hugo Sosa, secretario de Obras Públicas de la Gobernación de Santa Cruz, informó que se ha coordinado con los transportistas y se establece que las medidas de bioseguridad del plan son para los pasajeros o usuarios, los operadores de transporte, las terminales terrestres y todas las operaciones.

A diferencia del plan que se implementará desde el próximo lunes en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, la restricción por numeración de placas, fue eliminada tomando en cuenta que esta medida ” se aplica porque solo se puede circular hasta las 16:00 y los transportistas solo podrán hacer un viaje”, dijo Sosa.

Dentro de las medidas que se adoptarán se han enumerado las siguientes:

Para  usuarios o pasajeros

1.  Previo a salir de su hogar y dirigirse a la terminal, parada autorizada, o abordar un vehículo de transporte público en ruta, deben realizar el aseo personal, en especial el lavado de manos; quitarse todas las prendas de adorno como anillos, aretes, collares y otros.

2.  Para mayor resguardo de su salud usar de forma obligatoria barbijo quirúrgico o N95, además de gafas o protector de rostro.

3. Está prohibido realizar viajes acompañados con personas menores de 12 años de edad

4.  Presentar documento que acredite su identidad y brindar sus datos personales al operador al momento de comprar su pasaje como antes de subir al vehículo. Quedan exentos del cumplimiento de esta disposición los usuarios que abordan un vehículo dentro de la región Metropolitana de Santa Cruz (Santa Cruz de la Sierra, La Guardia, El Torno, Porongo, Cotoca y Warnes).

5.  Permitir la toma de la temperatura corporal y pasar por las bandejas de desinfección instaladas al subir a las unidades de transporte.

6. Abordar unidades de transporte únicamente en terminales y paradas públicas o privadas, disposición que solo aplica para los pasajeros que realizan viajes interprovinciales fuera de la región metropolitana de Santa Cruz.

7.  Proceder al abordaje en unidades de transporte únicamente cuando tengan asientos disponibles de acuerdo a la separación física establecida y sin marca de prohibición.

8.  No usar asientos que se encuentren señalados como no disponibles.

9.  Pagar su pasaje en moneda fraccionada, al momento de subir a la unidad de transporte.

10.  Prohibido comer durante el viaje dentro de las unidades de transporte.

11.  Guardar orden y distanciamiento físico entre pasajeros o usuarios en terminales y paradas públicas o privadas, a fin de evitar aglomeraciones. Deberá hacerse presente en terminal o parada sin acompañamiento familiar, excepto casos de discapacidad.

12.  Notificar a las autoridades pertinentes y brindar toda la información necesaria en caso de haber experimentado síntomas.

Medidaspara los conductores

Todo conductor acreditado para el servicio de transporte interprovincial e intermunicipal está obligado a dar cumplimiento a las siguientes medidas de bioseguridad.

1.  Antes de salir de su hogar y dirigirse a su fuente laboral proceder a realizareal aseo personal, en especial el lavado de manos; vestir ropa limpia, quitarse todas las prendas de adorno como  anillos, aretes, collares y otros.

2.  Utilizar obligatoriamente barbijo quirúrgico o N95 y gafas o protector de rostro.

3. Realizar la desinfección personal antes de ingresar a la unidad de transporte.

4.  Realizar el lavado de manos con agua y jabón la mayor cantidad de veces al día (al iniciar y al finalizar su viaje) y la utilización de papel toalla desechable luego de realizado el lavado.

5.  Desinfectar sus manos de forma frecuente con solución de alcohol al 70% de concentración en el transcurso de la jornada laboral y evitando tocarse a cara.

6. Si por alguna circunstancia al toser o estornudar no tuviera el barbijo puesto, cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo desechable, o con el codo flexionando. No debe utilizarse las manos.

7.  Evitar compartir objetos o utensilios con los compañeros de trabajo y/o usuarios.

8. Mantener distancia de bioseguridad con las demás personas y evitar los abrazos, besos, o estrechar las manos con los compañeros de trabajo y/o usuarios.

9.  Está prohibido recoger en el recorrido a personas que no vistan indumentaria mínima de bioseguridad.

10. Constatar que no se haga uso de los asientos señalados como prohibidos por distanciamiento físico establecido.

11. Prever que la unidad de transporte en el transcurso del viaje tenga la mayor ventilación posible.

12.  Está prohibido llevar pasajeros en el asiento delantero junto al conductor, si este no cumple la distancia física.

13. Realizar la desinfección periódica del tablero, botones, palanca de cambios, volante, pasamanos, puertas, ventanas y todas las superficies dispuestas en su cabina de conducción.

14. Controlar de forma permanente que los pasajeros no consuman alimentos dentro de la unidad de transporte durante el viaje.

15.  Informar al propietario, al fiscal, comité de transporte, jefe o responsable de fiscalización técnica operativa si durante la jornada laboral se percató de que él o algún pasajero hubiera presentado algún síntoma asociado al coronavirus.

16.  Permitir el ingreso de pasajeros a la unidad de transporte conforme al porcentaje autorizado (60%) por  la autoridad competente.

17.  Disponer que la desinfección del retrete se realice antes y después de su uso, en las unidades de transporte que dispongan de servicio sanitario a bordo, disponiendo alcohol líquido al 70% de concentración para uso exclusivo de los pasajeros.

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